miércoles, 14 de septiembre de 2011

Evaluación y gestión del riesgo

La norma establece que para el caso de OVM de uso agrícola, pecuario, pesquero, plantaciones comerciales, forestales y agroindustriales, estas evaluaciones y gestión de riesgo las realizará el ICA”. “Para el caso de OVM para uso exclusivo en salud o alimentación humana y/o ambiental, las evaluaciones y gestión de riesgo será elaborado por el solicitante o interesado”. 
Esta situación es extremadamente crítica porque las autoridades en la materia, que tienen la responsabilidad y la obligación de participar en la evaluación de riesgos, la están delegando totalmente en el solicitante. Esta situación convertiría a quien pretende introducir transgénicos “en juez y parte”, y se perdería totalmente la objetividad, la independencia y el rigor científico que se requiere en este tipo de evaluación. Adicionalmente, este procedimiento de evaluación y gestión del riesgo permite homologar estudios que se hayan realizado en otros países con contextos ambientales y socioeconómicos diferentes, por lo cual no pueden ser aplicables al contexto nacional. Adicionalmente las conclusiones y recomendaciones a las cuales se llegan a partir de estos estudios, se realizaría mediante metodologías basadas en la “equivalencia substancial”, procedimiento que ha sido fuertemente cuestionado científicamente y revaluado en muchas partes del mundo.

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